Delitos Informaticos!!
El delito informatico tiene el objetivo de destruir o dañar computadores, medios electrónicos y redes de internet. Aun asi un delito informatico es mas complejo todavía pues también se consideran de esta clase: el fraude, robo, chantaje, falsificación, etc.
El delito informatico tiene el objetivo de destruir o dañar computadores, medios electrónicos y redes de internet. Aun asi un delito informatico es mas complejo todavía pues también se consideran de esta clase: el fraude, robo, chantaje, falsificación, etc.
1. Matoneo virtual: Es acerca del maltrato verbal hacia las personas (de forma anonima la mayoria de veces)
2. No derechos de autor: Consiste en tomar un contenido determinado sin decir de donde provino.
3. Hackers informaticos: Aquellas personas malintencionadas que "roban" cuentas de internet o bancarias mediante la red
4. Predadores en la red: Aquella persona que acosa a otra mediante la web.
Codigo De Conducta Digital
http://www.colpreduitama.edu.co/tic.pdf
Ley 1273, Articulo 269:
Numerales:
A. Cuando una persona accede a un sistema informatico sin la autorizacion del legitimo acreedor de este.
B. Cuando se impida u obstucalice el funcionamiento o acceso normal a un sistema informatico o la informacion en este contenida.
C. Si una persona interceptya datos informaticos en su origen, destino o en su interior.
D. Aquel que destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos,
E.Es cuando una persona produce, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos dañinos.
F. cuando una persona obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee datos que no son de esa persona sin ninguna clase de autorizacion.
G. Aquella persona que sin estar autorizado para ello diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes con fines ilicitos.
Manual de Convivencia Colegio La Presentacion Duitama art. 20 N20
Usar la red de internet para aspectos diferentes a los establecidos por la institucion: paginas pornograficas y satanicas, correos electronicos que afectan la integridad de la persona y el colegio, lo mismo con el celular.
2. No derechos de autor: Consiste en tomar un contenido determinado sin decir de donde provino.
3. Hackers informaticos: Aquellas personas malintencionadas que "roban" cuentas de internet o bancarias mediante la red
4. Predadores en la red: Aquella persona que acosa a otra mediante la web.
Codigo De Conducta Digital
http://www.colpreduitama.edu.co/tic.pdf
Ley 1273, Articulo 269:
Numerales:
A. Cuando una persona accede a un sistema informatico sin la autorizacion del legitimo acreedor de este.
B. Cuando se impida u obstucalice el funcionamiento o acceso normal a un sistema informatico o la informacion en este contenida.
C. Si una persona interceptya datos informaticos en su origen, destino o en su interior.
D. Aquel que destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos,
E.Es cuando una persona produce, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos dañinos.
F. cuando una persona obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee datos que no son de esa persona sin ninguna clase de autorizacion.
G. Aquella persona que sin estar autorizado para ello diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes con fines ilicitos.
Manual de Convivencia Colegio La Presentacion Duitama art. 20 N20
Usar la red de internet para aspectos diferentes a los establecidos por la institucion: paginas pornograficas y satanicas, correos electronicos que afectan la integridad de la persona y el colegio, lo mismo con el celular.